12/10/2024 06:06

¿Qué es el Registro electrónico?

Es una Oficina telemática donde los ciudadanos pueden presentar solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidas a la Administración general del Estado y a sus Organismos Públicos por medios informáticos, electrónicos o telemáticos.

¿Qué documentos son admisibles en el Registro electrónico?

  1. Documentos electrónicos normalizados correspondientes a los servicios, procedimientos y trámites que se especifiquen en la norma de creación del Registro o en la Sede Electrónica , cumplimentados de acuerdo con formatos preestablecidos.
  2. Cualquier solicitud, escrito o comunicación distinta de los mencionados en el apartado anterior dirigido a cualquier Órgano o Entidad del ámbito.

¿Cuándo pueden presentarse?

La presentación de solicitudes escritos y comunicaciones podrá realizarse en los registros electrónicos durante las veinticuatro horas de todos los días del año.

Cómputo de plazos:

Serán días inhábiles en la Administración General del Estado los establecidos al efecto por Resolución de la Secretaría de Estado de la Función Pública. Actualmente está en vigor la Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputos de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2023.

La presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente.

Código malicioso

En el caso de que se presenten ficheros con código malicioso, el fichero se considerará como no presentado a efectos de tramitación del procedimiento.

©  INE 2024      Avda. Manoteras, 52 - 28050 - Madrid - España Tlf: (+34) 91 583 91 00