¿Qué clase de pagos pueden de efectuarse?
Puede realizarse el pago telemático por transferencia de los siguientes conceptos:
- Pago de sanciones impuestas por incumplimiento de obligaciones estadísticas.
- Compra de publicaciones, suscripciones y peticiones especiales de datos estadísticos.
- Compra o arrendamiento de bienes muebles o inmuebles pertenecientes al Patrimonio del INE.
- Abono de convenios de colaboración y contratos que se formalicen con entidades públicas o privadas
- Otros conceptos no contemplados en los apartados anteriores.
¿Qué requisitos se requieren para efectuar el pago?
Pago mediante cargo en cuenta corriente:
Ser titular de una cuenta con saldo suficiente y vigente en el banco BBVA.
Pago mediante tarjeta de crédito:
Disponer de una tarjeta de crédito Visa o MasterCard.
¿Qué plazo dispone el administrado para efectuar el pago?
Se trata de un pago “on line”, en el que la transferencia de fondos se produce de manera inmediata tras su orden de abono.
¿Hay que hacer alguna solicitud para que la administración admita el pago?
No se necesita realizar ninguna solicitud previa.
¿Se pueden recuperar las cantidades abonadas por error o solicitar la devolución de pagos? ¿Qué procedimiento debe seguir el administrado?
Las posibles devoluciones deberán ser solicitadas por el administrado a la Secretaría General del INE. Las solicitudes de reembolso deberán contener los siguientes datos:
- Identificación del solicitante.
- Hechos y razones en que se concrete la petición.
- Código Cuenta Cliente de la cuenta a la que se habrá de efectuar la transferencia del importe del reembolso. Según lo establecido en la Orden PRE/1576/2002, de 19 de junio, por la que se regula el procedimiento para el pago de obligaciones de la Administración General del Estado, dicha cuenta deberá estar dada de alta en el Fichero Central de Terceros.
- Justificación documental de los hechos en los que se basa la solicitud. En particular, deberá aportar original o fotocopia cotejada del justificantes de pago de la operación.