Obtención de copias del censo para candidaturas
Forma de acceso
Puede acceder acreditando su identidad mediante el sistema Cl@ve.
Descripción de la funcionalidad
En virtud del artículo 45.1 de la LOREG, los representantes de cada candidatura podrán obtener dentro de los dos días siguientes a la proclamación de su candidatura una copia del censo del distrito correspondiente.
En éste trámite los representantes de las candidaturas proclamadas pueden realizar la solicitud de copia del censo.
En caso de no poder acceder a través de Cl@ve, el representante interesado deberá acudir a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente para realizar el trámite, aportando la documentación necesaria
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